El 30 de junio finaliza el plazo para pedir ante la Tesorería General de la Seguridad Social el cambio de base de cotización en el RETA. Además, los trabajadores autónomos de 47 años tienen hasta esa fecha para decidir si elevan el límite máximo de cotización establecida a principios de año.
Los empleados por cuenta propia pueden cambiar la base de cotización hasta 4 veces dentro del mismo año natural, escogiendo siempre entre los límites, máximo y mínimo, aplicables a cada ejercicio.
Las solicitudes se deben formular ante la TGSS, en los siguientes plazos:
- entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efectos desde el 1 de abril;
- entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efectos desde el 1 de julio;
- entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con efectos desde el 1 de octubre;
- entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, con efectos desde el 1 de enero del año siguiente.
Además, los trabajadores autónomos que a 1-1-2021 tuvieran 47 años y que en diciembre de 2020, viniesen cotizando por una base inferior a 2.052,00 €/mes, debieron elegir una base comprendida entre los 944,40 €/mes y 2.077,80 €/mes. No obstante, hasta el 30 de junio pueden optar por una base de hasta 4.070,10 €/mes con efectos a partir del 1 de julio. Si no ejercitan esta opción, la base máxima de cotización se mantiene en 2.077,80 €/mes.