El Consejo de Ministros acaba de aprobar la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2021 que quedará fijado en 965 euros repartidos en 14 pagas, lo que supone 15 euros más al mes. En el caso de que la empresa abonase los salarios en 12 pagas, en vez de las 14 prorrateadas, la cantidad mensual mínima a percibir será de 1.108,33 euros.
Esta nueva medida económica que entra en vigor hoy, tendrá carácter retroactivo desde el 1 de septiembre de 2021 y afectará a 1,5 millones de trabajadores.
El Salario Mínimo Interprofesional se aplica a los trabajadores de aquellos sectores que no estén cubiertos por un convenio colectivo sectorial o de empresa y su cuantía se calcula siempre en bruto, es decir, hay que aplicar las correspondientes deducciones.
Cuota de autónomos
El aumento del Salario Mínimo Interprofesional repercute directamente en las empresas, especialmente en los trabajadores autónomos ya que les aumentará la base de cotización mínima y, como consecuencia, aumenta la cuota mensual a pagar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) por su pertenencia al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Si tienen la base mínima pasarán de pagar los 289 euros actuales a 304 euros y si tienen la máxima pasarán de pagar 1.245 euros a 1.260 euros. Este incremento será de aplicación inmediata. Los autónomos empezarán a abonarlo en la siguiente cuota que tengan que pagar tras la aprobación del nuevo salario mínimo.