Recientemente se cumplían dos años desde que se aprobara el Real Decreto ley 8/2019 de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Esta norma era la que establecía que todas las empresas españolas están obligadas a mantener un registro horario con las horas trabajadas por sus empleados.
Según dictamina la Ley, las empresas deben conservar los registros horarios de sus trabajadores durante cuatro años. Estos registros deberán estar a disposición de los empleados y el control horario deberá ser diario.
Con el cumplimiento del primer aniversario de la Ley llegó la COVID-19 y así en mayo se aprobó que el fichaje con huella dactilar fuera eliminado y sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantizase las medidas higiénicas necesarias. De hecho, el teletrabajo también hizo necesario que muchas empresas adaptaran el sistema de fichaje que poco antes habían decidido para el trabajo presencial, por otro que permitiera ser más flexible y cómodo.
Balance poco optimista
Desde que entrara en vigor, en el mes de mayo de 2019, la obligatoriedad del registro horario las inspecciones realizadas por el Ministerio de Trabajo superan las 9.000 infracciones. Estas infracciones comportan unas sanciones que se elevan a 16 millones de euros.
Sin embargo, estas sanciones no han hecho disminuir las horas extras realizadas por los trabajadores sin su retribución correspondiente, fin último de la Ley aprobada.
Según un informe realizado por UGT con los datos del último trimestre de la Encuesta de la Población Activa (EPA), en 2020 se realizaron aproximadamente 320 millones de horas extras, y analizadas con periodicidad semanal, las horas extras superaron los 6 millones.
Por su parte, según este mismo informe, se registraron un total de 2,89 millones de horas extras semanales no retribuidas. Esto supone un 47,1% del total y un aumento del 12,3%, respecto a 2019.