Una de las principales novedades en la declaración del Impuesto sobre Sociedades que se va a presentar en los próximos días es la reducción del tipo impositivo aplicable para las microempresas. En concreto, las empresas que en el período impositivo anterior hayan tenido un importe neto de la cifra de negocios inferior al millón de euros podrán tributar a un tipo impositivo de sólo el 23% (en lugar del 25%). Eso sí, este tipo reducido no será aplicable a las empresas que tengan el carácter de entidad patrimonial.
Si su empresa forma parte de un grupo de empresas, deberá tener en cuenta la cifra de negocios de dicho grupo (aunque podrá descontar las operaciones intragrupo). Y a efectos de determinar el importe neto de la cifra de negocios, tenga en cuenta las siguientes reglas:
- Compute las ventas de bienes o servicios habituales en la actividad –sin incluir el IVA– y añada las subvenciones vinculadas directamente al precio de dichos bienes o servicios.
- Reste las devoluciones de ventas, así como los rappels y los descuentos otorgados.
- No deberá computar las ventas de inmovilizados utilizados en la actividad, ni las subvenciones para realizar inversiones, ni los ingresos financieros (salvo que su empresa se dedique a prestar servicios financieros).